Actualizan en Brasil circulación de ciclomotores

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El vehículo debe tener licencia y el conductor debe tener una licencia de conducir, de acuerdo al informe de Auto Industria, elaborado en base a las leyes de transito del vecino país.

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La profusión de ventas de ciclomotores eléctricos observada en los últimos años en Brasil —y el uso desordenado e inapropiado en las ciclovías e incluso en las aceras y calles— resultó en una Resolución del Consejo Nacional de Tránsito (Contran) que establece nuevas definiciones para estos vehículos y las diferencia de las bicicletas eléctricas, motocicletas y scooters.

Aprobada la semana pasada y publicada en el Diario Oficial de la Unión (DOU) este jueves 22, la Resolución 996/2023 no trae ninguna novedad respecto a la ya estipulada necesidad de registro y autorización para conducir ciclomotores eléctricos. “Refuerza, sobre todo, qué es cada vehículo y los requisitos para conducirlos”, señala el Ministerio de Transportes.

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“El criterio es objetivo para definir qué son los ciclomotores, a partir de la velocidad y la potencia”, dijo el secretario nacional de Tránsito, Adrualdo Catão.

El secretario señala que, para pilotar un ciclomotor, se necesita una licencia de categoría A, para motocicletas, o una autorización ACC, específica para este tipo de vehículos. Los conductores de bicicletas normales y eléctricas, monopatines y scooters no requieren ningún tipo de documentación. Y, según lo previsto en el Código de Tránsito Brasileño (CTB), pueden utilizar carriles bici o carriles en las ciudades.

Para los propietarios de ciclomotores que no están registrados, no hay necesidad de acudir a las autoridades locales de tránsito para la regularización. La resolución de Contran establece un período entre el 1 de noviembre de 2023 y el 31 de diciembre de 2025 para que los propietarios presenten documentos para obtener el registro y la licencia.